A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Positiva Compañía De Seguros Sa·Demandado Colmena Seguros Sa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral según cláusula general de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 28 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 45 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Dicha controversia se presenta con ocasión de una demanda en la que se pretende, entre otras, el reembolso a favor de la demandante de los gastos que esta última asumió por concepto de prestaciones asistenciales del sistema de riesgos laborales.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se reiteró la regla de decisión del Auto 337 de 2023, mediante la cual se estableció que, la Jurisdicción Ordinaria Laboral es la competente para conocer y dar trámite a aquellos casos que involucren a las Administradoras de Riesgos Laborales con ocasión del pago de prestaciones asistenciales, de acuerdo con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.4 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 28 Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que le comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales e interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 28 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 45 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, y DECLARAR que corresponde al Juzgado 28 Laboral del Circuito de Bogotá conocer de la demanda promovida por Positiva Compañía de Seguros S.A. contra Riesgos Laborales Colmena S.A.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-2403 al Juzgado 28 Laboral del Circuito de Bogotá para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida demanda y para que comunique la presente decisión al Juzgado 45 Administrativo del Circuito de la misma ciudad y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.